El Instituto Nacional de Patrimonio Cultural Dirección Técnica Zonal 7 conjuntamente con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Saraguro están trabajando de forma conjunta para que las danzas tradicionales del Pueblo Saraguro sean incorporadas a la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial del Ecuador como un reconocimiento y revalorización a su identidad y vigencia a través del tiempo.

Según se informó el INPC Dirección Técnica Zonal 7 en el 2012 y del 2017 al 2019 desarrolló varias investigaciones que sirvieron de base para elaborar el Expediente Técnico y el Plan de Salvaguardia de las Danzas y Bailes Tradicionales del Pueblo Saraguro. El proceso comprendió también la identificación de las manifestaciones culturales y a  los portadores de estos conocimientos.

La otra etapa fue la definición de estrategias específicas para  lograr la vigencia y continuidad de estas expresiones culturales así como la práctica de  saberes ancestrales presentes en el Pueblo Saraguro y que pertenecen al Patrimonio Cultural Inmaterial.

Según investigación del INPC las danzas y bailes del Pueblo Saraguro  están asociados a rituales que se practican en matrimonios, velorios de los wawas (niños), los danzantes de Gañil, entre otros. Las comunidades donde aún se replica estas danzas tradicionales se ubican en la provincia de Loja, específicamente en los territorios del cantón Saraguro como, Tenta, Celén, Selva Alegre y Urdaneta y en la parroquia de San Lucas del cantón Loja.

GAD Saraguro solicitó su incorporación

Andrés Fernando Muñoz, alcalde del cantón Saraguro dijo que en días anteriores elevaron  la petición al INPC con la finalidad que sean reconocidas a nivel nacional y no se pierdan. Desde la coordinación de Interculturalidad Municipal, se está promoviendo y difundiendo esta manifestación entre los habitantes.

Finalmente el INPC al considerar de gran interés y valor  para la cultura y patrimonio de nuestro país,  emitió ya el documento técnico a las instancias nacionales y al momento entró en fase de revisión y aprobación conforme lo determina la Ley de Cultura y Patrimonio.